Descubre qué es el decreto 1290 del 2009

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El Decreto 1290 de 2009 es un marco legal que regula la evaluación y promoción de la educación básica y media en Colombia.

Esta norma establece un sistema de evaluación y promoción de estudiantes que se basa en el desempeño académico, lo cual permite a los estudiantes avanzar a un nivel superior en su educación.

Decreto 1290 de 2009

decreto 1290
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Establece los criterios para la evaluación, promoción y retención de los estudiantes. Esta norma instaura que los estudiantes de educación básica deberán ser evaluados y promovidos de acuerdo con los resultados de los exámenes de grado.

Además, el Decreto 1290 de 2009 establece que los estudiantes de educación básica y media que no cumplan con los requisitos para la promoción de un grado a otro serán retenidos en el mismo grado.

Esta norma es un marco legal importante para garantizar la calidad de la educación básica y media en Colombia. Esta norma establece los criterios para la evaluación, promoción y retención de los estudiantes, lo cual contribuye a mejorar la calidad educativa en el país.

Conozca en resumen los primeros 5 artículos del decreto 1290

  1. (1) Evaluación de los estudiantes, internacional pruebas PISA en el que se nivela la educación de cada país, de manera nacional se encuentran las pruebas Icfes o Saberes para saber el nivel de cada institución con el fin de monitorear el aprendizaje y la institucional, permite el análisis de los estudiantes.
  2. (2) Objetivo: reglamento obligatorio sobre la evaluación del aprendizaje para la promoción de los estudiantes.
  3. (3) Propósitos de la evaluación institucional: características personales, ritmos de aprendizaje, afianzamiento o refuerzo de los procesos educativos.
  4. (4) Sistema institucional de evaluación a estudiantes: criterios de evaluación y promoción que vayan de acuerdo con el desempeño de los estudiantes. estructura clara y concisa y atención de los reclamos de la comunidad para que participen con el colegio.
  5. (5) Escala de valoración nacional: cada colegio tiene una la cual debe tener coherencia con la escala nacional; superior alto básico y bajo, de esta manera se evitan inconvenientes al cambiar de institución.

Siguientes 5 artículos del decreto

  1. (6) Promoción escolar: el colegio define con qué porcentaje o criterio será promovido el alumno o en caso de reprobar deberá garantizar el cupo de él.
  2. (7) Promoción anticipada de grado: para los estudiantes que demuestren rendimiento superior en desarrollo cognitivo, personal y social, todo esto en el marco de las competencias básicas del grado.
  3. (8) Creación del sistema institucional de evaluación de los estudiantes: definir, socializar, aprobar, incorporar y divulgar el sistema institucional de evaluación, los procedimientos, mecanismos e informar sobre el sistema a la comunidad que ingresa.
  4. (9) La responsabilidad de Ministerio Educativo Nacional: los cuales deben publicar los informes de las pruebas externas.
  5. (10) Responsabilidades de los secretarios de educación de las entidades certificadas: ellos se encargan de analizar los resultados de las pruebas externas para así orientar, acompañar y hacer seguimiento respectivo. Además de resolver las reclamaciones que se presenten.

Últimos artículos

  1. (11) Responsabilidades del establecimiento educativo: definir, adoptar y divulgar el sistema institucional de evaluación y hacer reuniones para implementar estrategias, analizando los informes de evaluación, con el fin de determinar qué puede afectar el desempeño de los estudiantes y mejorar.
  2. (12 y 13) Derechos y deberes estudiantes: cada estudiante debe ser evaluado en todos los aspectos, conocer el sistema de evaluación, los resultados y tener acompañamiento del docente, pero debe cumplir con los requisitos de convivencia y académicos.
  3. (14 y 15) Derechos y deberes de los padres: derecho a conocer el sistema de evaluación de su hijo, hacer acompañamiento y recibir informe del proceso evaluativo. Además, tener respuesta ante sus solicitudes, pero deben involucrarse en el gobierno escolar.
  4. (16) Registro escolar: obligatorio y actualizado de los estudiantes registrados en el colegio. con datos personales. Este debe estar organizado por grados dependiendo el rendimiento y con todas las novedades que surjan.
  5. (17) Constancia de desempeño: con la cual cuando el padre solicita una constancia el colegio le informará todo lo relacionado.
  6. (18) Graduación: se da el título de bachiller académico o técnico siempre y cuando haya cumplido con los requisitos de promoción del colegio, y el alumno haya cumplido con el total de asistencias y con el porcentaje de la nota mínima de aprobación.
  7. (19) Vigencia del decreto: este inició a partir de su publicación 16 abril 2009.

Conoce más normativas aquí

Grupo Saberes SAS BIC

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